Mediante resolución del CSN de fecha 12 de julio de 2021 el CSN convoca subvenciones a universidades españolas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de cátedras en materia de seguridad nuclear y protección radiológica para el periodo 2021-2023.

Toda la información se encuentra disponible a través de la publicación en el BOE 172 de fecha 20 de julio de 2021 del  Extracto de la Resolución de 12 de julio de 2021, de la Presidencia del CSN, por la que se convocan subvenciones a universidades españolas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de cátedras en materia de seguridad nuclear y protección radiológica para el periodo 2021-2023 https://www.boe.es/boe/dias/2021/07/20/pdfs/BOE-B-2021-33660.pdf

En el BOE del día 9 de julio de 2021, ha salido publicadas las bases de la convocatoria competitiva de las cátedras del CSN. https://www.boe.es/boe/dias/2021/07/09/pdfs/BOE-A-2021-11471.pdf

Por tanto ya se puede presentar la documentación para solicitar las cátedras.  Ver link https://sede.csn.gob.es.

Por su interés se adjuntan los criterios de evaluación recogidos en sus bases reguladoras:

Artículo 15. Criterios de evaluación.

1. La metodología de evaluación será equivalente a la evaluación de grupo de investigación consolidados, pero contemplando investigación y formación, y centrada en seguridad nuclear y protección radiológica.

2. Requisitos mínimos para poder ser beneficiario de las subvenciones:

2.1 Disponer de un programa de grado y/o máster con, al menos, 40 ECTS (sistema europeo de transferencia de créditos) en torno a la seguridad nuclear y/o protección radiológica. Este programa ha tenido que estar impartiéndose como mínimo durante cinco años.

2.2 Disponer de equipo humano formado, como mínimo, por 6 personas con titulación de Doctorado y contrato permanente en esa universidad, vinculado a la seguridad nuclear y/o protección radiológica.

3. El incumplimiento de estos requisitos implicará la desestimación de la solicitud sin que se valoren el resto de criterios.

4. Los criterios de evaluación y su ponderación para los distintos tipos de actuaciones que se convoquen al amparo de estas bases reguladoras son:

4.1 Experiencia demostrada en programas de formación sobre seguridad nuclear y protección radiológica, como mínimo, durante cinco años:

Se valorará la experiencia en programas de formación sobre seguridad nuclear y protección radiológica realizada durante los últimos cinco años. (50 puntos).

4.2 Experiencia demostrada en investigación sobre seguridad nuclear y protección radiológica durante los últimos cinco años:

Se valorará la experiencia en investigación sobre seguridad nuclear y protección radiológica durante los últimos cinco años del equipo que formará la cátedra. Para valorarlo se tendrá en cuenta el curriculum vitae abreviado (CVA) en formato normalizado según CVA-FECYT, del equipo humano con titulación Doctorado y contrato permanente. Esto incluye situación profesional, formación académica recibida, actividad docente, experiencia y actividades científicas y/o tecnológicas. Se dará más peso a las actividades científicas y tecnológicas. (50 puntos).